sábado, 3 de octubre de 2020

Acciones legales

Hay gente, que cree que los leonlandeses somos estúpidos. Me llama la atención que hablando sobre el tema con William, me dijese que hay notificaciones / informaciones que no aparecieron jamás o que aparecen más tarde de lo que corresponde. 

Este fraude, habla claramente de intenciones en ocultamiento, porque no hay sentido fidedigno alguno en no hacernos partícipes inmediatos, como a todos los demás, de la información en cuestión, a no ser que estos pequeños sabotajes tengan por objetivo final desplazarnos. 

Lo que sí ya hemos hecho, es recabar la suficiente información como para llegar a iniciar una demanda por colaboración en el delito de encubrimiento de información; el ciber delito existe (esto ya lo dije hace unos meses) y está penado por la ley 26.388 de delitos informáticos del Código Penal; por otro lado, es lícito observar la Ley 9.155 del mismo Código Penal, Libro II, Tít. VIII "De los delitos contra la fe pública", Art. 240 que atiende a los actos privados en ocultamiento / falsificación. 

Será Justicia

The Intelektor Kat

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